De un interesantísimo artículo de la Revista de Feria del año 1994, autoría de María Isabel Jiménez Esturillo, a la que aprovecho para agradecer sus magníficas aportaciones sobre la historia de Calañas.
Felipe V de España, llamado "el animoso", nieto de Luis XIV, nació en Versalles el 19 de diciembre de 1683 y murió en Madrid el 9 de julio de 1746. Fue el primer rey de la Casa Borbón en España y reinó desde 1700 a 1746 y estuvo casado con María Luisa de Saboya de la que enviudó en 1714, por lo que " se le tuvo que buscar una nueva esposa". La candidata fue la Isabel de Farnesio, hija del Duque de Parma, que tenía 22 año de edad y a la que se presentó como mujer dócil, manejable y que se podía someter a su voluntad.
El matrimonio se celebró primero por poderes y se ratificó un 24 de diciembre de 1714 en Guadalajara.
La nueva reina resulto ser un mujer enérgica y ambiciosa , dominando por completo a su esposo y buscando sólo satisfacer sus intereses personales en lugar de los nacionales.
La Hacienda Real, casi siempre deficitaria, solicitó una ayuda a sus contribuyentes y Calañas no iba a quedar excluida de participar. En el legajo 517 de nuestro Archivo Municipal hay una valiosa documentación al respecto.
Retrato de figura humana, en bronce, técnica cincelado dorado fundido
de diámetro 49 mm. Felipe V Rey de España. María Luisa Grabiela de Saboya.
Autor: Isidoro Párraga.
El Real Consejo de Hacienda conceden un servicio extraordinario para contribuir a los gastos del erario: la boda real. Para ello se establecen, primero el repartimiento (asignación de cupos a pagar por los diferentes territorios) y segundo el modo más adecuado para reunir la cantidad asignada.
Don Francisco de Ocio Salazar, superintendente general de la Real Hacienda en Sevilla, comunica el 25 de agosto de 1716 a Calañas, que el 23 de julio de ese año, el Real Consejo de Hacienda había concedido a su Majestad un servicio extraordinario:
" Por el servicio concedido por una vez, para la ayuda a los gastos del Real Casamiento de su Majestad le vienen repartidos cuarenta y ocho mil doscientos y cincuenta y seis maravedíes con mas su quinze a el millar, que uno y otro se ha de satisfacer en siete pagas iguales, la primera fin de este presente mes de agosto y año de mil setecientos diez y seis, y las otras seis pagas en los dos siguientes años, hasta fin del me de agosto de mil setecientos y diez y ocho, por lo tercios de cada uno de ellos, de cuatro en cuatro meses, cuyo servicio ha de repartir entre los vezinos y Haciendas pecheras, que lo suelen y deben pagar, lo mas justamente que se pueda, sin que ningún vezino se exima de la paga, aunque sean Oficiales del Concejo, no agraviando a los contribuyentes de este repartimiento".
* Son 1419 reales y 10 maravedís. Cada paga son 202 reales y 26 maravedís.
Una vez recibido el anterior oficio, el escribano Pedro Juan de Gento, el 21 de septiembre, requiere a los oficiales del Concejo de Calañas, Gonzalo Martín Arrayás y Martín Esteban Ramírez, así como los Regidores Capitulares, Roque Martín Rico, José Gomes Casto y Mathías García para darles a conocer el Despacho. Los cinco se reúnen el día 12 de octubre y dicen: " es necesario nombrar personas que lo hagan..y poniendo a éste efecto nombro por repartidores a Pedro Alonso de Ysidro, Francisco Martín Hidalgo y a Rodrigo Martín, vezinos de este lugar a quien mando se les notifique azeptten y juren. Y fecho con assitencia a dicho Cabildo, procedan dicho repartimiento en la conformidad que se dispone las orden referida."
Ese mismo día 12, el escribano comunica a los candidatos la decisión del Cabildo a la que respondieron: "que aceptaban dicho nombramiento para repartir el servicio del casamiento de su Magestad...y fielmente a su leal saber y entendimiento sin fraude ni engaño alguno y los susodichos con asistencia de dicho Cabildo y ante mi el escribano hicieran dicho repartimiento en la forma siguiente".
El reparto se hizo por las calles, las trece que tenía entonces Calañas: Fuente de Abajo, Fuente de Arriba, Del Pozo, Cañada Grande, Cañada Pequeña, Quemada, Los Mesones, Del Barrio, Del Palmar, Manefique, Rincón, Molero Grande, Molero Pequeña, dejando al criterio de los repartidores la proporción a pagar por cada familia (la mayoría de las familias pagaron de uno a tres reales, aunque algunas más pudientes aportaron bastante más). A éste repartimiento había que añadirle el recargo del quince por mil ("con más su quinze a el millar") que debía hacerse para cubrir los reales no pagados por los vecinos.
El Cabildo, responsable del pago, bajo multa, tenía para ingresar la totalidad en la Tesorería provincial de Sevilla siete plazos de 202 reales y 26 maravedís cada uno.
Aquí termina éste pequeño pero interesante relato referido a parte de la historia de nuestro pueblo y custodiada en el Archivo Municipal de Calañas.
CALAÑAS, 2022
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