DIEGO
MARTÍN HIDALGO, natural de Calañas, en el Campo de
Andévalo, hijo legítimo de Lorenzo Martín Hidalgo y Teresa Ordóñez, otorgó
testamento en la villa peruana de Cabana (fundada como Santiago de Cabana es una ciudad del
centro-norte del Perú, capital de la provincia de Pallasca, ubicada en la zona
norte del departamento de Ancash. Su fundación data del 2 de enero de 1857, sin
embargo su origen se remonta a la época preincaica),
en presencia del teniente de corregidor Juan de Carvajal el día 3 de noviembre
de 1604.
Con
anterioridad había hecho otra carta de últimas voluntades en el poblado de Moho
(es una ciudad del sureste del
Perú, capital de la Provincia de Moho (Departamento de Puno), situada al noreste
del Lago Titicaca, en plena Meseta del Collao. Esta localidad recibe el
apelativo de Jardín del Altiplano por la abundancia de flores en las
casas del pueblo) ante también teniente corregidor Gaspar
de Solís y el escribano Antonio de Ausola en la que dejaba por herederos al
primero de ellos y al Padre Hernando de Rivera. Éste documento que estaba
guardado en un bohío (chamizo) tapiado, situado cerca de la casa que tenía en
el Valle de la Ricaja se consideraría por no válido renovando al albaceazgo de
los citados Solís (corregidor) y Rivera (clérigo), sin que ello afectase en
ningún modo a su honra y buena fama. En su lugar nombraba como heredero
universal al clérigo Pedro de Mancilla. beneficiado de la Iglesia de Cabana. No
se entremetería en el cumplimiento de su voluntad ninguna autoridad civil ni
eclesiástica.
Como
no sabía escribir firmó a su ruego el Notario apostólico Diego Álvarez. A las
pocas horas de haber tomado ésta determinación, se personó de nuevo ante Juan
de Carvajal para manifestar por vía de codicilo (es una disposición que el testador añade a su testamento con posterioridad a ser otorgado) y en
descargo de su conciencia, que tenía en Calañas dos hermanas llamadas Catalina
y Ana a las que dejó solteras cuando se embarcó en Sevilla para las Indias; se
les enviarían a cada una 250 pesos para ayuda a su casamiento. Si alguna había
muerto heredaría la otra, si habían fallecido ambas heredarían sus respectivos
hijos y en caso de que ninguna tuviera descendencia lo haría su hermano Pedro
Hidalgo, casado en Moguer, al que adjudicaba otros 500 pesos. Si tampoco él
dejara herederos legítimos, se establecería con los 1000 pesos en la Iglesia
Parroquial de su Villa natal Santa María de Gracia, una capellanía (beneficio eclesiástico) de misas
por su alma y la de sus padres, de la que sería patrón su pariente más cercano.
Firmaron como testigos el licenciado Juan Matías de Mendoza, cura de Moho, Juan
Gahona y Juan de Brito.
* Manuel
Sánchez Pérez. Revista Virgen 1996
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