Presento unos documentos expedidos en Roma el día 5 de enero de 1725, donde el Clérigo de menores Don José de Baeza y Visentelo y residente en aquella corte, donde expresa que tiene dados por el Arzobispado de Sevilla poderes para administrar los frutos y rentas del Beneficio Simple (es un beneficio eclesiástico que no tiene por objeto la cura de almas) de los lugares de Calañas, Valverde del Camino y Las Cruces, y que por justas causas que lo mueven, no quiere ahora que tenga efecto lo contenido en dicho poder, pasando todos sus derechos al Excmo. Sr. Don Fernando de Baeza Marqués de Castromonte residente en la Villa de Madrid, pudiendo en adelante cobrar, percibir, administrar, vender y arrendar los frutos de dicho beneficio como legítimo y único poseedor, y en caso de que para la cobranza y percibimiento de dichos frutos fuese necesario comparecer ante algún tribunal, eclesiástico o secular, presente escritos, escrituras, testigos y probanzas ante Notario Eclesiástico.
CALAÑAS 2024
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